Cambios para cumplir con la normativa RETO

Cambios para cumplir con la normativa RETO

Normativa RETO: última actualización sobre el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos fitosanitarios

El Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos fitosanitarios es obligatorio para todas las empresas que operan en el sector fitosanitario desde el 10 de noviembre de 2021, 6 meses después de que se publicara el Real Decreto 285/2021 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Desde un inicio, en SDi Digital Group hemos seguido muy de cerca la normativa RETO y sus actualizaciones con el fin de ayudar a todas las empresas del sector en el camino hacia la digitalización. Hoy repasamos los últimos cambios relativos a la normativa RETO y su cumplimiento.

Nuevos cambios en la normativa RETO

Cambios para cumplir con la normativa RETO 1

Transacciones entre empresas con ROPO SS

Esta última actualización de la normativa RETO, la cual se ha puesto en funcionamiento el pasado 1 de septiembre de 2022, afecta principalmente a las transacciones entre empresas con ROPO SS, es decir, a las empresas del sector suministrador.

En los ficheros subidos a partir del 1 de septiembre (aunque la fecha de la transacción sea de agosto):

  • La empresa que recibe el producto fitosanitario reportará a RETO la transacción indicando tipo de operación 11.
  • La empresa desde la que sale el producto fitosanitario reportará a RETO la transacción indicando tipo de operación 12.

Por lo tanto, se indicará un tipo de operación 11 para cualquier entrada de producto fitosanitario que esté en las instalaciones de la empresa: compras, traspasos, devoluciones, préstamos, depósitos, descuadres positivos de stock…

Por otro lado, se indicará un tipo de operación 12 para cualquier salida de producto fitosanitario de las instalaciones: ventas, traspasos, devoluciones, préstamos, depósitos, descuadres negativos de stock (indicado en valor absoluto)…

Cambios para cumplir con la normativa RETO 2

Devoluciones de productos fitosanitarios desde un ROPO SU o un ROPO ST

El segundo cambio importante lo encontramos en las devoluciones de productos fitosanitarios desde un ROPO SU o desde un ROPO ST, es decir, desde un usuario final o una empresa del sector tratamientos. Hasta ahora este tipo de transacción no estaba habilitada en RETO y no se informaba de estas devoluciones a RETO, pero sí se debía registrar en el registro de transacciones interno de la empresa.

Ahora las devoluciones se van a poder subir a RETO desde el 1 de septiembre y se trata de una transacción manual. Todavía no hay asignado un tipo de operación para hacer esa devolución, sino que va a ser un reporte de información de forma manual.

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Buscar la transacción de venta en la que se ha producido la venta.
  2. Seleccionar que vamos a realizar una devolución.
  3. Modificar la fecha y el producto: cambiar la fecha en la que se ha producido la devolución e indicar los datos de los productos (nº de registro, nombre comercial, nº de lote, marcar de ser necesario DC o IP e indicar la unidad y cantidad de producto devuelto).

Todos los datos del producto objeto de la devolución deberán coincidir con los datos de venta: nº de registro, nombre comercial, lote y la cantidad será inferior a la vendida. Por eso es importante localizar la operación de venta para poder realizar la operación de devolución.

Importante: no existe fecha máxima para realizar una operación de devolución, no obstante, se recomienda realizar la subida de ficheros con una periodicidad quincenal.

Normativa RETO

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