Verifactu será obligatorio el 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados, tras el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025. Afecta a quien emite facturas con un programa informático, y no se aplica a quienes ya están en el SII ni a los territorios forales (País Vasco y Navarra).
En esta guía explicamos qué es Verifactu, qué exige a los programas de facturación y qué sanciones prevé la Ley Antifraude. No es lo mismo que la factura electrónica entre empresas de la Ley Crea y Crece, que es otra obligación.
Verifactu: qué es y para qué sirve
Verifactu es el sistema de facturación verificable impulsado por la Agencia Tributaria dentro del marco de la Ley Antifraude. Obliga a que los programas de facturación generen registros íntegros, inalterables y trazables, con un código QR único por factura, impidiendo así la manipulación de datos o la llamada «contabilidad B».
Plazos confirmados tras el aplazamiento:
- Empresas (Impuesto sobre Sociedades): obligatorio desde el 1 de enero de 2027.
- Autónomos y resto de obligados tributarios: obligatorio desde el 1 de julio de 2027.
A quién afecta: a empresas y autónomos que expiden facturas con un programa informático. Quedan fuera quienes ya envían sus facturas por el SII y los territorios forales, que aplican sus propios sistemas (como TicketBAI en el País Vasco).
Ley Crea y Crece: la factura electrónica B2B
La Ley Crea y Crece, por su parte, establece la obligatoriedad de la factura electrónica estructurada (en formato Facturae o UBL) en las transacciones entre empresas y autónomos.
Es una normativa distinta e independiente de Verifactu: mientras que Verifactu regula la seguridad del software frente a Hacienda, la Ley Crea y Crece regula el formato de la factura que se intercambia entre negocios.
Qué exige la normativa a los programas de facturación
Para cumplir con Verifactu, el software debe garantizar:
- Integridad y trazabilidad: los registros de facturación no pueden alterarse, borrarse ni manipularse una vez creados.
- Código QR único en cada factura.
- Declaración responsable que acredite que el programa cumple con la normativa.
- Opcionalmente, envío en tiempo real de los registros a la Agencia Tributaria.
Sanciones por incumplimiento
- Para empresas y autónomos (usuarios): tener un programa de facturación que no cumpla los requisitos puede suponer una multa fija de 50.000 € por ejercicio, según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
- Para proveedores de software: fabricar o comercializar programas no adaptados puede suponer 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema.
Qué deben hacer las empresas o autónomos
Aunque los plazos son 2027, conviene empezar ya: cambiar de sistema de facturación implica migrar datos, formar al equipo y hacer pruebas. Lo primero es pedir a tu proveedor su declaración responsable, el documento que acredita que el programa cumple la normativa.
Si estás valorando cambiar de ERP, en Tipos de ERP explicamos los cinco criterios para elegir.
Mirai y otras soluciones adaptadas
En SDi Digital Group trabajamos con soluciones ERP adaptadas a Verifactu: Mirai ERP, desarrollado internamente por SDi; a3ERP, con declaración responsable publicada por Wolters Kluwer; y Fastlane ERP, nuestra implantación estandarizada sobre Odoo, que incluye Verifactu y SII.
Preguntas frecuentes
El 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados.
Es el sistema de facturación verificable de la Ley Antifraude: obliga a que los programas de facturación generen registros íntegros, inalterables y trazables, con un código QR por factura.
No. Verifactu regula cómo se registran las facturas en el programa; la factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula el formato de las facturas entre empresas.
Hasta 50.000 € por ejercicio para el usuario y 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema para el fabricante o comercializador (artículo 201 bis de la LGT).
Quienes ya envían sus facturas por el SII y los territorios forales de País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas.


























